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Capital inversión

SODIAR puede participar en el capital de una sociedad, bien en el momento de su creación o en una ampliación de la misma. La participación, siempre minoritaria, entre el 5 y el 45%, tiene carácter temporal, oscilando el plazo de permanencia en cada proyecto o expansión, entre los 3 y los 5 años, hasta que la empresa se haya consolidado.
 
Otras Condiciones básicas:
 
*   Importe máximo: 15% de los recursos propios de SODIAR.
*   Se firma con los socios un compromiso de recompra a un plazo no superior a 5 años y con un precio fijado, que se devenga anualmente.
 
Limitaciones:
 
*   Deberá estar comprendido entre el 5% y el 45%.
*   Plazo máximo de 10 años.
*   Por importe no superior al 15% de los recursos propios de SODIAR.
 
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