Características del Fondo
Condiciones de financiación
La inversión en los proyectos se efectuará a través de la concesión de préstamos, con o sin garantías.
- Importe: la financiación con cargo a la Línea de Financiación oscilará, por proyecto, entre los 5.000 € y los 60.000 €.
- Las necesidades de liquidez ya cubiertas por las medidas de ayuda adoptadas a este mismo fin por la Comunidad Autónoma o la Administración General del Estado, no estarán cubiertas por la presente Línea. Las necesidades de liquidez deben establecerse mediante una autocertificación por parte del beneficiario.
- Plazo: hasta 3 años con hasta 1 año de carencia incluido en dicho plazo. En el caso de que el destino de la financiación sea la sustitución de activos materiales relevantes para el funcionamiento de la sociedad, el plazo podrá extenderse a los cinco años.
- Amortización: trimestral, coincidiendo con trimestres naturales.
- Interés remuneratorio: el tipo de interés será fijo y se establecerá de acuerdo con criterios de mercado o de referencia para cada operación, teniendo en cuenta los criterios marcados por la Comunicación de la Comisión relativa a la revisión del método de fijación de los tipos de referencia y de actualización (DO C 14 de 19.1.2008, p. 6).
SODIAR , al amparo de la subvención concedida al efecto por el Gobierno de Aragón, bonificará al 100% el tipo de interés remuneratorio de cada operación. Se incorporará al documento del préstamo un cuadro con el total de la subvención máxima concedida. La acumulación del impago de DOS cuotas de amortización del principal del préstamo a su vencimiento conllevará la suspensión del derecho a percibir la subvención, viniendo el prestatario obligado a hacer frente al pago de los intereses devengados por los importes impagados. La acumulación del impago de CUATRO o más cuotas de amortización de principal del préstamo conllevará la inmediata y automática pérdida del derecho a percibir la entrega dineraria sin contraprestación. El impago del principal del préstamo devengará intereses de demora. Estos intereses no estarán bonificados. La bonificación no abarcará los intereses que se puedan derivar de posibles novaciones o modificaciones del vencimiento inicial del préstamo. - Interés de demora: básico (tipo de interés fijo establecido para la operación) + 4%.
- Garantías: en función de las condiciones del proyecto.
Consecuencia del impago de los préstamos: el impago de estos préstamos conllevará la imposibilidad de acceder a ayudas y subvenciones del sector público aragonés.
Dentro de los doce meses siguientes a la firma del préstamo, el empresario deberá remitir a SODIAR la documentación justificativa del destino efectivo del préstamo.