Sociedad para el Desarrollo Industrial de Aragón

Características del Fondo

Características del Fondo

 

Condiciones de financiación

La inversión en los proyectos se efectuará a través de la concesión de préstamos, con o sin garantías.

a) Importe: la financiación con cargo a la Línea de Financiación oscilará, por proyecto, entre los 10.000 € y los 100.000 €. Como excepción, cuando los préstamos se destinen a paliar el incremento de los costes de energía, el importe mínimo de los préstamos a conceder se reduce a 5.000 €.

Con la justificación adecuada, el importe total de los préstamos por beneficiario puede incrementarse para cubrir las necesidades de liquidez de los doce meses siguientes al momento de la concesión.

Las necesidades de liquidez ya cubiertas por las medidas de ayuda en virtud del Marco Temporal relativo a la COVID-19, u otro tipo de ayudas derivadas de la situación sanitaria, no estarán cubiertas por la presente Línea. Las necesidades de liquidez deben establecerse mediante una autocertificación por parte del beneficiario.

b) Plazo:
Hasta 3 años con hasta 1 año de carencia incluido en dicho plazo

c) Amortización: trimestral, coincidiendo con trimestres naturales.

d) Interés remuneratorio: El tipo de interés será fijo y se establecerá de acuerdo con criterios de mercado o de referencia para cada operación, teniendo en cuenta los criterios marcados por la Comunicación de la Comisión relativa a la revisión del método de fijación de los tipos de referencia y de actualización (DO C 14 de 19.1.2008, p. 6).

SODIAR, al amparo de la subvención concedida al efecto por el Gobierno de Aragón, bonificará al 100% el tipo de interés remuneratorio de cada operación. Se incorporará al documento del préstamo un cuadro con el total de la subvención máxima concedida.

La acumulación del impago de DOS cuotas de amortización del principal del préstamo a su vencimiento conllevará la suspensión del derecho a percibir la subvención, viniendo el prestatario obligado a hacer frente al pago de los intereses devengados por los importes impagados.

La acumulación del impago de CUATRO o más cuotas de amortización de principal del préstamo conllevará la inmediata y automática pérdida del derecho a percibir la entrega dineraria sin contraprestación.

El impago del principal del préstamo devengará intereses de demora. Estos intereses no estarán bonificados.

La bonificación no abarcará los intereses que se puedan derivar de posibles novaciones o modificaciones del vencimiento inicial del préstamo.

e) Sin comisiones

e) Interés de demora: Básico (tipo de interés fijo establecido para la operación) + 4%.

f) Garantías: en función de las condiciones del proyecto.

Consecuencia del impago de los préstamos: el impago de estos préstamos conllevará la imposibilidad de acceder a ayudas y subvenciones del sector público aragonés.

Dentro de los doce meses siguientes a la firma del préstamo, el empresario deberá remitir a SODIAR la documentación justificativa del destino efectivo del préstamo.