Beneficiarios y Proyectos
Beneficiarios
Podrán obtener financiación las empresas, personas físicas o jurídicas, y autónomos con domicilio social y fiscal en la provincia de Teruel que:
- Realicen su actividad empresarial o profesional en los sectores ganaderos y agroalimentarios de la provincia de Teruel.
- Que tengan la consideración de Pyme.
- Que creen y/o mantengan puestos de trabajo. La valoración de este requisito se realizará por la Comisión de Evaluación de Proyectos; no obstante lo anterior, los puestos de trabajo deberán mantenerse durante el período de inversión en el proyecto.
- Que acrediten y justifiquen la necesidad de la financiación solicitada y la capacidad de reintegro.
Los beneficiarios deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Hacienda del Estado, con la Comunidad Autónoma de Aragón y frente a la Seguridad Social.
No podrán acceder a esta financiación los potenciales beneficiarios que:
- Estén incursos en un procedimiento de insolvencia colectiva (concurso de acreedores y situaciones previstas en el artículo 5-bis de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal) o reúnan los requisitos para encontrarse sometidos a un procedimiento de insolvencia colectiva a petición de sus acreedores.
- Hayan dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
- No se hallen al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- Hayan sido sancionados mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y ayudas públicas.
Proyectos financiables
Se podrá financiar con cargo al fondo:
- La inversión y gasto en activos materiales o inmateriales para desarrollo de la actividad.
- Activos fijos para el inicio o ampliación de la actividad empresarial.
- Inversiones para llevar a cabo procesos de comercialización y/o internacionalización.
- Necesidades de circulante derivadas del proceso de inversión empresarial.
Para poder obtener la financiación será necesario que los proyectos presentados reúnan los siguientes requisitos:
- Sean viables técnica y económicamente.
- En todo caso la financiación máxima con cargo al Fondo será del 50% de las necesidades totales de financiación.