Sociedad para el Desarrollo Industrial de Aragón

Beneficiarios y proyectos

Beneficiarios y Proyectos

 

Beneficiarios

Podrán obtener financiación las empresas (autónomos y entidades jurídicas, entre ellas, las cooperativas mercantiles), que:

  • Tengan su domicilio social y fiscal en Aragón.
  • Tengan necesidades de liquidez ocasionadas, directa o indirectamente por la grave perturbación de la economía consecuencia de la invasión de Ucrania por parte de Rusia, y que se reflejan en:
     
    – Reducción significativa de la demanda.
    – Interrupción o pérdidas de contratos y/o proyectos.
    – Perturbaciones en las cadenas de suministro.
    – Elevación anormal de los precios de materias primas y suministros, en especial el de la energía.
  • Se encuentren al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y frente a la Seguridad Social.

Excepcionalmente, la Comisión de Evaluación de Proyectos podrá relevar la exigencia de mantener el domicilio social y fiscal en Aragón cuando se mantenga en funcionamiento un centro de actividad en Aragón y la relevancia social y/o económica del proyecto y/o del beneficiario así lo requieran, lo que en todo caso deberá motivarse de forma suficiente.

No podrán acceder a esta financiación los potenciales beneficiarios que:

  • Estén incursos en un procedimiento de insolvencia colectiva (concurso de acreedores y situaciones previstas en el artículo 5-bis de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal) o reúnan los requisitos para encontrarse sometidos a un procedimiento de insolvencia colectiva a petición de sus acreedores.
  • Hayan dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
  • No se hallen al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
  • Hayan sido sancionados mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y ayudas públicas.

 

Proyectos Financiables

Para obtener la financiación será necesario que:

a) Los proyectos presentados sean viables técnica y económicamente.
b) Se acredite y justifique la necesidad de la financiación solicitada y la capacidad de reintegro.

 

Objeto de la financiación

Se pondrán financiar las necesidades de liquidez, bien para capital circulante, bien para inversión, derivadas de:

  • Reducción significativa de la demanda.
  • Interrupción o pérdidas de contratos y/o proyectos.
  • Perturbaciones en las cadenas de suministro.
  • Elevación anormal de los precios de materias primas y suministros, en especial el de la energía.

En todos los casos, las perturbaciones deberán ser consecuencia directa o indirecta de la agresión militar rusa contra Ucrania y de las sanciones impuestas por la UE o de las contramedidas adoptadas al efecto.

En ningún caso podrá aplicarse el importe del préstamo para satisfacer obligaciones contraídas con entidades financieras ni para hacer frente a los pagos a la Agencia Tributaria o a la Seguridad Social.